El secuestro y feminicidio de Fátima Cecilia Aldrighett Antón, una niña de 7 años en Ciudad de México, en febrero de 2020, es uno de los casos que más profundamente conmocionó a México, tanto por la brutalidad del crimen contra una menor de edad como por las fallas institucionales documentadas y el prolongado proceso judicial, que tardó más de cinco años en llegar a una sentencia y que en 2026 seguía abierto por la apelación de los condenados.

El secuestro

El 11 de febrero de 2020, Fátima Cecilia desapareció afuera de su escuela, ubicada en la alcaldía de Xochimilco, Ciudad de México, después de que su madre se demorara unos minutos en llegar a recogerla. Cámaras de seguridad de la Secretaría de Seguridad Ciudadana captaron a una mujer con un suéter rosado de rayas llevándose a la niña de la mano. Gladis Giovana Cruz Hernández, una vendedora ambulante que trabajaba afuera del colegio y era conocida de la familia, aprovechó el momento para llevarse a Fátima, pese a no estar registrada como tutora autorizada, incumpliendo el protocolo de la Secretaría de Educación Pública.

Fallas institucionales denunciadas

Familiares de Fátima denunciaron públicamente el tiempo que las autoridades tardaron en iniciar las investigaciones, señalando que se perdieron horas fundamentales durante las cuales la niña pudo haber sido encontrada con vida. Una tía de la víctima declaró: «No es posible que se hayan perdido horas fundamentales para dar con ella. Pudo haber sido encontrada con vida y nadie nos hizo caso.»

El hallazgo del cuerpo

El cuerpo de Fátima fue localizado sin vida el 15 de febrero de 2020, envuelto en una bolsa de plástico, con signos de tortura, en un terreno baldío de la alcaldía Tláhuac. La entonces fiscal general de justicia de la Ciudad de México, Ernestina Godoy, confirmó que la autopsia reveló evidencia de abuso sexual y golpes, declarando: «Fue un crimen atroz, fue un feminicidio. Es una tragedia verdaderamente grave.»

El arresto

Gladis Giovana y su pareja, Mario Alberto Reyes Nájera, fueron detenidos el 19 de febrero de 2020 en el municipio de Isidro Fabela, Estado de México, tras ser entregados a las autoridades por una tía de Mario. En ese momento, el portavoz de la Fiscalía capitalina, Ulises Lara, señaló que podrían enfrentar entre 80 y 140 años de prisión por el delito de privación de la libertad con la finalidad de causar daño.

Un primer juicio anulado

El proceso judicial sufrió un revés significativo en noviembre de 2024, cuando el juicio oral ya iniciado contra ambos acusados fue declarado nulo después de que la jueza a cargo, Mónica Olivares, se diera de baja por incapacidad médica. Este hecho obligó a reiniciar completamente el proceso, retrasando la resolución del caso casi cinco años después del crimen.

El nuevo juicio y la condena

Al abrirse el nuevo proceso, la Fiscalía logró sustentar nuevamente la acusación en contra de ambos. Un Tribunal de Enjuiciamiento los declaró culpables del secuestro y feminicidio de Fátima. El 30 de abril de 2025 —coincidiendo con el Día de la Niñez en México—, el tribunal impuso una sentencia de 170 años de prisión contra ambos. Sonia López, tía de la víctima, gritó la sentencia impuesta, declarando: «170 años es la condena por el reconocimiento a la sentencia que se le da a Mario y a Giovana por todo el daño que le causaron a nuestra pequeña… porque no merecía morir de esa forma, porque nadie lo merece.»

La apelación de los sentenciados

En agosto de 2026, Gladis Giovana Cruz Hernández y Mario Alberto Reyes Nájera apelaron el fallo y pidieron la revocación de la sentencia y su liberación inmediata; el recurso quedó en manos de tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. La familia de Fátima pidió públicamente a los magistrados no liberar a los sentenciados y mantener la condena con la severidad que consideraban correspondiente a su participación en el crimen.

Un patrón más amplio de feminicidios infantiles

Organizaciones como la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM) han señalado que el caso de Fátima forma parte de un patrón más amplio de violencia letal contra niñas en el país.

Por qué el caso sigue siendo relevante

El caso Fátima Cecilia es un referente central en México sobre las fallas institucionales en la protección infantil dentro de entornos escolares, sobre el impacto devastador que la anulación de un juicio puede tener en el tiempo que las familias deben esperar para obtener justicia, y sobre la persistencia necesaria de las familias de víctimas para exigir que todos los implicados en un crimen de esta magnitud enfrenten consecuencias proporcionales a su participación.

Expedientes relacionados

Más casos en la sección Mujeres Homicidas.

Fuentes consultadas

  • Infobae, «Justicia para Fátima Cecilia: 170 años de cárcel a pareja responsable de su secuestro y asesinato en 2020» (abril de 2025), con cronología completa del lustro de demoras e irregularidades procesales.
  • El Universal, «Declaran culpables a Gladis y Mario por feminicidio de niña Fátima Cecilia; su sentencia se conocerá el 30 de abril», con detalle de la anulación del juicio de noviembre de 2024.
  • MVS Noticias, «Caso Fátima: pareja que secuestró y mató a la menor recibe pena vitalicia», con la cita textual completa de Sonia López, tía de la víctima.
  • Expansión Política, «Lo que sabemos de la pareja acusada del feminicidio de Fátima» (archivo de 2020), con cronología original del arresto y los cargos iniciales.
  • LatinUS, «Feminicidas de la niña Fátima Cecilia buscan revocar su sentencia de 170 años de prisión; familia pide no liberarlos» (agosto de 2026), con detalle de la apelación de los sentenciados.
  • VPITV, «Caso Fátima: ¿Las autoridades mexicanas actuaron como debían?», con la cita textual completa de la entonces fiscal Ernestina Godoy y de la tía de la víctima sobre las fallas institucionales iniciales.

Nota editorial: este artículo documenta la condena de primera instancia de 170 años contra Gladis Giovana Cruz y Mario Alberto Reyes, y la apelación que ambos presentaron en agosto de 2026, sin adoptar una posición editorial sobre la proporcionalidad de esa pena.